Tuesday, April 24, 2007

Informe Comisión Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados

INFORME DE CONSTITUCIONALIDAD RELACIONADO CON EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 18.700, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS.

BOLETÍN N° 3936‑06

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia ha recibido de parte de la Corporación un mandato para que efectúe un análisis de la constitucionalidad de las disposiciones del proyecto de ley que "Modifica la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios; boletín N° 3936‑06, otorgándosele al efecto un plazo de quince días a contar del 30 de octubre en curso.

De conformidad a dicho mandato, en sesión de fecha de hoy procedió a efectuar tal análisis sobre la base de una relación realizada por el Diputado señor Burgos, quien expuso que el proyecto no presentaba problemas de constitucionalidad, salvo en lo que dice relación con el mantenimiento del orden público. Al respecto, señaló que el proyecto había incluido en su artículo 2°, norma que modifica la ley N° 18.700, un artículo que figuraba como 208 y que señalaba que en las votaciones que se efectuaren en el extranjero no existiría una fuerza encargada del mantenimiento del orden público en las localidades en que deban funcionar las mesas receptoras de sufragios. Dicho artículo fue rechazado por la unanimidad de la Comisión Técnica, es decir, la de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, por estimar que ello contravenía el mandato contenido en el inciso segundo del artículo 18 de la Constitución Política que dispone que " el resguardo del orden público durante los actos electorales y plebiscitarios corresponderá a las Fuerzas Armadas y Carabineros del modo que indique la ley.". toda vez que si lo que la Carta Política quiere es que la ley indique la forma en que se efectuará este resguardo, decir que no existirá tal resguardo incumple el mandato.

No obstante lo anterior, el mismo señor Diputado creía que podría alcanzarse una solución a este problema, estableciendo que la ley entregue a las Fuerzas Armadas la forma y el modo de llevar a cabo el resguardo del orden en el acto eleccionario, lo que podría traducirse, por ejemplo, en instrucciones a los respectivos cónsules. En todo caso, estimaba que la solución propuesta requeriría de una indicación presidencial, toda vez que podría dar origen a gastos.

Sometido a votación el informe de constitucionalidad entregado por el Diputado señor Burgos, la Comisión se inclinó por aprobarlo por mayoría de votos (5 votos a favor y 3 en contra), dejando constancia que el rechazo efectuado por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la fórmula propuesta relacionada con el mantenimiento del orden público durante el acto eleccionario, se ajustaba a la normativa vigente, siendo necesario, en consecuencia, buscar un mecanismo que permitiera efectuar los resguardos que fueren conducentes.




(Votaron a favor los Diputados señora Soto y señores Araya, Burgos, Bustos y Ceroni y en contra los Diputados señora Turres y señores Monckeberg, don Cristián y Ward).

A petición de la Diputada señora Soto, la Comisión dejó constancia del trabajo e interés de la Diputada señora Isabel Allende Bussi como principal impulsora de este proyecto, como también la destacada participación que cupo al Ministerio de Relaciones Exteriores.

Sala de la Comisión, a 31 d diciembre de 2006.

Se designó Diputado Informante al señor Jorge Burgos Varela.




NOTA:

Al efectuar su análisis, la Comisión hizo presente la necesidad de precisar en el inciso cuarto del artículo 192, que los formularios de minutas que deben enviarse al Ministerio del Interior y al Servicio Electoral son copias, ya que los originales se remiten a la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración.

Acordado en sesión de igual fecha con la asistencia de los Diputados señor Pedro Araya Guerrero (Presidente), señoras Laura Soto González y Marisol Turres Figueroa y señores Juan Bustos Ramírez, Guillermo Ceroni Fuentes, Cristián Monckeberg Bruner y Felipe Ward Edwards.

En reemplazo del Diputado señor Jaime Mulet Martínez asistió el Diputado señor Jorge Burgos Varela.

Asistió, asimismo, a la sesión la Diputada señora Isabel Allende Bussi.



EUGENIO FOSTER MORENO
Abogado Secretario de la Comisión

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